Fundamento Legal: Actuación de Consultoras, Asesores y Empresas Privadas
La actuación de consultoras privadas, empresas de servicios, asesores y especialistas junto al sector público está respaldada por diversas normativas vigentes en Brasil, tales como:
Constitución Federal (Art. 37) – establece los principios de la Administración Pública: legalidad, impersonalidad, moralidad, publicidad y eficiencia;
Ley N.º 14.133/2021 – Nueva Ley de Licitaciones y Contratos Administrativos – permite contrataciones directas en varios supuestos, uso de asesorías técnicas, manifestaciones de interés privado (PMI) y fomenta la competencia técnica e innovación;
Ley N.º 8.666/1993 – Antigua Ley de Licitaciones – aún vigente en algunos contextos, permite la contratación de servicios técnicos especializados, como los de consultoría;
Ley N.º 13.303/2016 – Ley de Empresas Estatales – reglamenta las contrataciones por empresas públicas y sociedades de economía mixta, con base en criterios técnicos y legales;
Ley N.º 11.079/2004 – Ley de Asociaciones Público-Privadas (PPP) – prevé la participación de consultoras privadas en la estructuración y modelado de proyectos;
Ley N.º 10.520/2002 – Ley del Procedimiento de Subasta Electrónica – modalidad común para la contratación de servicios y suministro de bienes por parte de empresas privadas;
Decreto N.º 7.892/2013 – Sistema de Registro de Precios – permite la adhesión posterior por otros órganos públicos, ampliando las oportunidades para los proveedores;
Marco Legal de las Startups (Ley Complementaria N.º 182/2021) – incentiva la contratación de startups por parte de órganos públicos mediante procesos simplificados;
Ley Complementaria N.º 123/2006 – Estatuto de la Micro y Pequeña Empresa – garantiza un tratamiento diferenciado a los MEI, ME y EPP en licitaciones públicas;
Decreto N.º 8.538/2015 – reglamenta la prioridad para MIPYMES en las contrataciones públicas;
Portarias y Programas Federales de Contratación Directa de MEI – como el programa “Compras Públicas para Todos” y el proyecto piloto del gobierno federal para contratación directa de MEI sin licitación hasta el límite legal de R$ 54.000/año (Art. 75, II, de la Ley N.º 14.133/21).
Nuestra Actuación
Con base en estas directrices, WSA actúa de la siguiente forma:
Presentando soluciones viables al poder público, con total claridad respecto a los mecanismos legales de contratación;
Orientando a empresas interesadas en prestar servicios al sector público, pero que no cuentan con el conocimiento técnico o jurídico necesario para participar en dichos procesos;
Asistiendo a municipios, estados e instituciones públicas en el desarrollo y estructuración de proyectos como: recuperación de créditos, titulización de deuda activa, tarjetas de nómina, asociaciones público-privadas (PPP) en infraestructura y plantas de tratamiento de residuos, entre otros.
Trabajamos con ética, legalidad y inteligencia estratégica, para que más empresas serias e innovadoras puedan colaborar con el sector público, promoviendo soluciones reales a los desafíos de la gestión pública contemporánea.
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